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Un sitio web oficial del Gobierno de Estados Unidos

Centro de Servicios de la Cárcel del Condado de Carver

Oficina de Campo de St. Paul

Contactar a un detenido

Si necesita información sobre un detenido que está alojado en esta instalación, puede llamar al (952) 361-1145, dentro del horario de 8 a. m. y 4 p. m. Cuando llame, por favor tenga lista toda la información biográfica del detenido, incluyendo el nombre y apellidos compuestos o algún alias que él o ella utilice, fecha y país de nacimiento.

Los detenidos no pueden recibir llamadas telefónicas. Si necesita comunicarse con un detenido para dejar un mensaje urgente, debe llamar al (952) 361-1145 y dejar el nombre completo del detenido, el número de registro de extranjero (A-Number) de éste(a), su nombre y su número de teléfono. Se le dará su mensaje al detenido.

Información jurídica y sobre el proceso

Tribunal de Inmigración

Para información sobre un asunto relacionado con el Tribunal de Inmigración, puede llamar al 1-800-898-7180 para comunicarse con ellos directamente. Formularios que el juez de inmigración solicite, incluyendo la solicitud para alivio de remoción, tienen que ser presentados ante el tribunal de inmigración directamente.

Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA, por sus siglas en inglés)

Para información sobre un asunto relacionado con la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA), puede llamar al (703) 605-1007 donde puede recibir información automatizada o hablar con un representante durante horas hábiles.

Lista de representantes legales que ofrecen servicios gratuitos a nivel nacional »

Para pagar un Bono de Entrega

Los bonos de entrega se emiten cuando una persona ha sido tomada bajo la custodia de ICE y puesta en procedimientos de deportación mientras está en los Estados Unidos. La persona que paga el bono debe presentar una prueba de identidad valida (identificación con foto emitida por el gobierno, pasaporte, identificación militar, tarjeta LPR, licencia de conducir, etc.). Esta persona (el deudor) es responsable de garantizar que el extranjero se presente ante un oficial o representante de esta agencia siempre que se solicite.

Los bonos para extranjeros detenidos por ICE pueden pagarse en las oficinas de aceptación de bonos de ICE ERO en todo el país, de lunes a viernes (excepto días feriados) entre las 9 a.m. y las 3 p.m., hora local. Para obtener una lista de las oficinas de aceptación de bonos de ICE ERO más cercanas a usted o para obtener información sobre bonos, haga clic aquí. Debe tener el apellido del detenido y el número de registro del extranjero antes de llamar. Formas aceptables de pago para pagar un bono son giros postales, cheques de caja o cheques certificados. En todos los bonos de $10,000 o más, el único método de pago aceptado es un solo cheque de caja o cheque certificado. Deben hacerse pagaderos a "U.S. Department of Homeland Security" o "Immigration and Customs Enforcement."

Horario de Visitas

Visitas de Familiares y Amigos

Horarios de visita de la Cárcel del Condado de Carver son los siguientes:

Día Horario de Visitas
Miércoles 1:00 p.m. to 3:00 p.m.
3:30 p.m. to 4:30 p.m.
6:30 p.m. to 9:00 p.m.
Sábados y Domingos 1:00 p.m. to 3:00 p.m.
3:30 p.m. to 4:30 p.m.
  • No se le permitirá a visitantes iniciar sus visitas después de las 4:00 p.m. (para visitas durante el día) o después de la 8:30 p.m. (para visitas en la tarde/noche).
  • Visitantes deben ser aprobados previamente mediante nuestra Oficina de Programas un mínimo de dos días antes de su visita. Cada detenido(a) debe completar una lista de visitantes con un máximo de cinco visitantes. Todo visitante debe ser pre-aprobado por personal del programa antes de realizar una visita.
  • Visitantes deben tener o ser mayores de 18 años de edad—o estar acompañados por un padre o tutor legal. Todo visitante debe tener una tarjeta de identificación o licencia de conducir válida en su posesión al momento de realizar una visita. Todo visitante debe estar en la lista de visitantes aprobados de la persona detenida.
  • Visitantes adultos deben presentar una tarjeta de identificación válida y verificable, emitida por el gobierno, para entrar a la instalación.
  • Menores que visiten la instalación deben estar acompañados por un tutor adulto de 18 años o más. No se pueden dejar a menores no acompañados en la sala de espera, el cuarto de visitas o en ninguna otra área.

Visitas de Abogados

Abogados y/o paralegales pueden visitar a los detenidos en cualquier momento del día o la noche, pero la instalación recomienda evitar las horas de comida si es posible.

Una lista de organizaciones que ofrecen servicios legales gratuitos será publicada en todas las unidades de alojamiento de detenidos y otras áreas apropiadas. Esta lista será actualizada cada tres meses. Es la responsabilidad del detenido contactar a esas organizaciones para solicitar una cita si desea ver a un representante o paralegal.

Visitas de Funcionarios Consulares

Funcionarios consulares pueden reunirse con sus conciudadanos detenidos en cualquier momento. Sólo se solicita que se hagan los arreglos anticipadamente con el oficial supervisor de deportación cuando sea posible y que los funcionarios consulares traigan sus credenciales apropiados cuando visiten la instalación. Puede comunicarse con el oficial supervisor de deportación de esta instalación por teléfono al (612) 843-8600.

Visitas del Clérigo

Clérigos pueden visitar a los detenidos en cualquier momento, pero deben hacer arreglos con antelación con la Oficina del Capellán.

Restricciones de Visitas

  • No habrá contacto físico en ninguna visita familiar o social.
  • No se permiten ningún tipo de armas en la instalación.
  • No se le permitirá el acceso a visitantes que estén o parezcan estar embriagados.
  • Todos los visitantes son sujetos a registro/búsqueda mientras se encuentren dentro de la instalación.
  • No se le permite a los visitantes pasar o tratar de pasar cualquier artículo a los detenidos.
  • No se permite que los visitantes lleven ningún artículo al área de visitas.

Procedimientos de Registro/Búsqueda (antes de o durante todas las visitas)

Todos los individuos que soliciten acceso a la instalación o el área de visitas están sujetos a una inspección manual de su persona, inspección de sus pertenencias y a registro con un detector de metales. Individuos que se nieguen a cooperar con una inspección razonable no serán admitidos. No se permiten armas de fuego u otro tipo de armas. Tampoco se permiten dispositivos electrónicos (teléfonos celulares, buscapersonas, radios, etc.) en las zonas seguras de esta instalación.

Envíos para los detenidos

Cartas enviadas a los detenidos deben incluir los últimos cuatro dígitos del Número del Expediente de Extranjero del detenido (A-number file number,en inglés), además del nombre y dirección del remitente. Para mejorar la seguridad de la instalación, toda correspondencia recibida ésta sujeta a inspección para detectar contrabando. La correspondencia no se lee al abrirse, sino que sólo es inspeccionada por el oficial responsable de entregarla. Detenidos pueden enviar correo desde la instalación, sellar correspondencia saliente y colocarla en el recipiente proporcionado. Toda correspondencia recibida se le entregará al detenido, mientras que toda correspondencia saliente será enviada a la oficina postal apropiada en un plazo de 24 horas tras su recibo por personal de la instalación. Un horario de recogida y entrega de correspondencia es publicado en todas las unidades de alojamiento.

A los detenidos se les permite comprar sellos postales. Generalmente no existe limitación en cuanto a la cantidad de correspondencia que los detenidos pueden enviar por cuenta propia. Se les otorgará una provisión de sellos postales (cubierto por el gobierno) a detenidos indigentes (aquellos que no tienen apoyo financiero y sin fondos en su cuenta con la instalación).

Cuando detenidos salen de la instalación o son transferidos a otra, sólo les reenviamos correspondencia legal. Correspondencia general será marcada “devuelva al remitente” y devuelta a la oficina postal.

Si los detenidos reciben fondos por correo, éstos se llevarán al área de tramitación para que el dinero sea depositado en sus cuentas. El oficial encargado de facilitar tramitaciones le dará un recibo de los fondos recibidos. Se les advierte a los detenidos que no hagan que les envíen dinero en efectivo por correo.

Un detenido puede recibir artículos que se determinen ser necesarios exclusivamente para viajar o ser puesto en la libertad por la agencia con la aprobación del oficial de deportación de ICE.

Antes de enviar paquetes a detenidos, contacte a la Oficina de ICE/ERO en St. Paul:

Teléfono: (612) 843-8600

Tome en cuenta que se les permite una pieza pequeña de equipaje a detenidos que serán removidos de los Estados Unidos. Si el detenido no la tiene, dicha pieza de equipaje se le puede enviar/entregar tras recibir aprobación del oficial supervisor de deportación. Por favor recuerde que por razones de seguridad, no se aceptarán dispositivos electrónicos (teléfonos celulares, máquinas de afeitar eléctricas, computadoras portátiles, radios etc.).

Los Medios de Comunicación y la Prensa

La instalación tiene una responsabilidad de proteger la privacidad y otros derechos de los detenidos y miembros del personal. Por tanto, las entrevistas serán reguladas para garantizar la operación ordenada y segura de la instalación. Típicamente, entrevistas para la televisión o radio en vivo no serán permitidas en la instalación. Para preguntas de la prensa sobre actividades, operaciones o políticas de ICE, contacte a la Oficina de Relaciones Públicas de ICE: ICEMedia@ice.dhs.gov.

Entrevistas Personales

Un representante de los medios de comunicación que desee llevar a cabo una entrevista con un(a) detenido(a) debe solicitarla por escrito al despacho local de la Oficina de Detención y Deportación en St. Paul, indicando su familiaridad con y aceptación de las normas y regulaciones de la instalación como sean proporcionadas a tal persona por el personal.

Consentimiento del Detenido

Un(a) detenido(a) tiene el derecho de no ser entrevistado(a), fotografiado(a) o grabado(a) por los medios de comunicación. Antes de entrevistar, fotografiar o grabar la voz de un(a) detenido(a), el representante de los medios que visita debe obtener un permiso por escrito de dicha persona.

FOIA

Todas las solicitudes de la Ley de Libertad de Información (FOIA, por sus siglas en inglés) y Ley de Confidencialidad de Información tienen que ser presentadas mediante el formulario G-639 (Solicitud de la Ley de Libre Acceso a la Información/ Ley de Confidencialidad de Información) o en forma de carta. Toda solicitud debe contener la firma original, protocolizada por un notario, del individuo en cuestión. Por favor complete el formulario G-639 cuidadosamente y, si escribe una carta, asegúrese de incluir el nombre completo, cualquier otro(s) nombre(s) utilizado(s), fecha y lugar de nacimiento y Número de Registro de Extranjero (A-Number, en inglés) de la persona cuya información usted está buscando – como también su nombre completo, dirección y número de teléfono para poder contactarlo(a) si tenemos alguna pregunta.

Envíe su solicitud FOIA o de la Ley de Confidencialidad de Información a:

U.S. Immigration and Customs Enforcement
Freedom of Information Act Office
800 North Capitol Street, NW, Room 585
Washington, D.C. 20536
Número de Teléfono: 1-866-633-1182
Correo Electrónico: ICE-FOIA@dhs.gov

Observaciones y Reclamos

Nos esforzamos por ofrecer un servicio de calidad a las personas que se encuentran bajo nuestra custodia, así como a sus familias, amigos y representantes oficiales. Si cree que no hemos cumplido con nuestro compromiso, nos gustaría saberlo. Si hemos cumplido o excedido sus expectativas, por favor déjenoslo saber también.

Para enviar comentarios sobre los servicios prestados en esta oficina, por favor escriba a:

Field Office Director, Enforcement and Removal Operations
U.S. Immigration and Customs Enforcement
1 Federal Drive, Suite 1640
Fort Snelling, Minnesota 55111

Si cree que ha sido maltratado por un empleado de ICE o un empleado por contrato y desea enviar una queja por mala conducta, puede:

Contactar al director de la oficina de campo:

Field Office Director, Enforcement and Removal Operations
U.S. Immigration and Customs Enforcement
1 Federal Drive, Suite 1640
Fort Snelling, Minnesota 55111

Tel. (612) 843-8600

Escribir a la Oficina de Responsabilidad Profesional:

Director, Office of Professional Responsibility
U.S. Immigration and Customs Enforcement
P.O. Box 14475
Pennsylvania Ave, NW
Washington, D.C. 20044

Contactar al Centro Conjunto para Procesamiento de Comentarios:

Número de Teléfono: 1-877-2INTAKE
Correo Electrónico: joint.intake@dhs.gov

También puede contactar al Departamento de Seguridad Nacional, Oficina del Inspector General:

DHS Office of Inspector General
Attn: Office of Investigations - Hotline
245 Murray Drive, Building 410 Stop: 2600
Washington, DC 20528
Número de Teléfono: 1-800-323-8603
?Fax: 202-254-4292
DHSOIGHOTLINE@DHS.GOV

600 East 4th Street
Chaska, MN 55318
Estados Unidos

Última actualización: 05/06/2022